"…se establece que los apelantes fueron específicos en indicar los errores en los que incurrió el tribunal al valorar la prueba ya que consta en el memorial de interposición del recurso de apelación, que los procesados argumentaron que no se observaron las reglas de la sana crítica razonada por los motivos ya indicados. La sala, para confirmar la sentencia dictada por el tribunal sentenciador, estableció que realizó un análisis íntegro respecto de la aplicación de las reglas de la sana crítica razonada, y no advirtió vicios de ilogicidad en la sentencia. No obstante, obvió resolver de manera sustancial los puntos planteados por los entonces apelantes por motivo de forma. De aquí se desprende que, pese a su afirmación no realizó el análisis íntegro de la sentencia recurrida en apelación como afirma en su fallo, vacío que impide a Cámara Penal validar su fallo. La omisión de resolver denuncias puntuales de un recurrente es siempre un vicio muy grave, en este caso lo es más, porque se está condenando por homicidio en un hecho en que participaron cinco personas según las acreditaciones en la que todos iban armados por lo que la sentencia debe hacer claridad en las razones lógicas, jurídicas y fácticas que tuvo como base para individualizar al responsable de esa muerte.
Por lo anterior, se concluye que el fallo recurrido no contiene el elemento básico de fundamentación que le da validez y eficacia…"